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Cómo cumplir la Ley de Cookies (I)

La Ley de Cookies obliga a los titulares de páginas web profesionales a impedir que se instalen cookies en los ordenadores de sus usuarios, a menos que estos hayan dado antes su consentimiento informado para ello.

Las cookies pueden ser usadas para gestionar el flujo de usuarios de un sitio web y mejorar su experiencia de navegación. Pero también son herramientas con las que se pueden llevar a cabo acciones de spyware para conseguir información sobre los hábitos de navegación del usuario y utilizar los datos personales obtenidos sin su consentimiento con fines comerciales. Por este motivo, la Unión Europea, preocupada por la privacidad de los usuarios, decidió aprobar en 2009 una norma que permitiese el uso de cookies solo en ciertas circunstancias. Esa norma llegó a España el 30 de marzo de 2012.

¿La Ley de Cookies (o Ley Cookie o Ley Anticookies) es realmente una ley?

Con el nombre de “Ley de cookies” es como se conoce al punto tercero del artículo 4 del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el pasado sábado 31 de marzo de 2012 y entró en vigor al día siguiente. La Ley de cookies, transposición de la Directiva 2009/136/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, se integra en la LSSI (Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico) modificando el punto segundo de su artículo 22, que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 22.2 de la Ley 34/2002. Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.

Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.

¿A quién afecta la Ley de Cookies?

La ley de Cookies afecta a todas las empresas y profesionales con página web y otros prestadores de servicios de la sociedad de la información, siempre que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes:

  • Estén establecidos en España (residencia o domicilio social en España, inscripción en Registro Mercantil…).
  • Estén establecidos fuera de España pero dirijan sus servicios específicamente al territorio español.
  • Otros casos: Artículo 2 de la Ley 34/2002

¿Cómo es el proceso de adecuación a la Ley de Cookies?

Cada caso es diferente.

¿Desde cuándo es obligatorio cumplir la Ley de cookies?

En España, desde el 1 de abril de 2012.

¿Qué  puede pasar si no se  cumple la Ley de Cookies?

Multa de hasta 30.000 € (o hasta 150.000 €, en caso de que el incumplimiento sea significativo), conforme establecen los artículos 38 y 39 de la Ley 34/2002.

¿Se perseguirá a los infractores?

Si, ya hay sanciones ver noticia blog 7-11-15.

La próxima noticia más información para cumplir con la Ley de Cookies.

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