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Las nuevas obligaciones de la LOPDGDD

El pasado mes de diciembre, entro en vigor la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

Esta normativa adapta el ordenamiento español al nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos que entró en vigor el pasado 25 de mayo. Su objetivo primordial es garantizar una mayor protección de la intimidad en el entorno digital actual en el que la privacidad personal resulta mucho más vulnerable y está más expuesta al público y, por tanto, exige a las empresas el consentimiento expreso del afectado para poder usar sus datos para finalidades distintas a las iniciales para los que fueron recabados.

La LOPDGDD implica cambios en las organizaciones por lo que  compartimos a continuación unos documentos facilitados por la Agencia Española de Protección de Datos donde nos explican de forma clara las obligaciones que requiere la nueva normativa.

 

Nuevas obligaciones para el sector privado:

  • Obligación de información a los ciudadanos sobre el tratamiento de sus datos y sobre el ejercicio de sus derechos.
  • Designación de un Delegado de Protección de Datos (DPD) y comunicación de la designación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
  • Tratamiento de datos de menores de edad.
  • Limitación de la actividad publicitaria: las “listas Robinson”.
  • Derechos de los empleados: mayor intimidad.
  • Datos de contacto profesionales: legitimación de su tratamiento.

En el siguiente enlace podéis leer y descargar todas las nuevas obligaciones que la LOPDGDD implica para el sector privado: Nuevas obligaciones para el sector privado.

 

Nuevas obligaciones para el sector público:

  • Publicación del Registro de actividades de tratamiento del órgano u organismo del Sector Público.
  • Obligación de información a los ciudadanos sobre el ejercicio de sus derechos.
  • Potestad de verificación de los datos personales de los ciudadanos.
  • Designación de un Delegado de Protección de Datos (DPD) y comunicación de la designación a la AEPD.
  • Nueva regulación de la aportación de documentación por parte de los ciudadanos: modificación del artículo 28 de la Ley 39/2015.

En el siguiente enlace podéis leer y descargar todas las nuevas obligaciones que la LOPDGDD implica para el sector público: Nuevas obligaciones para el sector público.

 

Novedades para los ciudadanos:

  • Derecho a conocer el registro de actividades de tratamiento de datos personales de las organizaciones públicas.
  • Derecho de los ciudadanos a ser informados sobre el ejercicio de sus derechos.
  • Verificación de datos personales de los ciudadanos por los órganos y organismos del Sector Público
  • Comunicación de datos personales de los ciudadanos a sujetos privados por los órganos y organismos del Sector Público
  • La aportación de documentación a los procedimientos administrativos por parte de los ciudadanos: modificación del artículo 28 de la Ley 39/2015

En el siguiente enlace podéis leer y descargar todas las novedades que la LOPDGDD para los ciudadanos: Novedades para los ciudadanos

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