Quedan menos de cuatro meses para la entrada en vigor de la nueva reglamentación Europea en Protección de Datos (RGPD – Reglamento General de Protección de Datos) y la Agencia Española de Protección de Datos advierte que no habrá plazos ni prorrogas en su aplicación, el nuevo Reglamento se aplicará desde el “minuto uno”.
El RGPD entró en vigor el 25 de mayo de 2016, pero no es a partir del 25 de mayo de 2018 cuando se empezará a aplicarse y sancionarse. Han dejado un período de dos años para que las organizaciones y empresas se adapten a la nueva normativa.
El objeto objetivo principal del reglamento es homogeneizar las regulaciones sobre la protección de los derechos entre todos los estados miembros de la Unión Europea y aumentar la protección de los derechos personales de los ciudadanos y de las empresas en esta actual era digital.
La nueva normativa introduce cambios, por ejemplo: el consentimiento para el uso de datos debe ser explícito y verificable, no tácito como hasta ahora; nuevos derechos de los ciudadanos cómo el derecho al olvido, a la portabilidad de datos y a la limitación; aparición de la figura de DPD (Delegado de protección de Datos); la obligatoriedad de informar a las autoridades de control las brechas de seguridad ; entre otros cambios que pueden leer en el artículo: “Las nuevas obligaciones del Reglamento General de Protección de Datos”
A partir de mayo se aplicaran las obligaciones y derechos del Reglamento en España y se prevé severas sanciones para las empresas que incumplan la normativa.