Como ya hemos comentado en varias ocasiones, el Reglamento General de Protección de Datos UE 2016/679 (RGPD) ha significado un antes y un después en materia de Protección de Datos.
Analicemos los cambios en esta materia a partir de las cifras facilitados por la AGPD (Agencia Española de Protección de Datos).
Reclamaciones
Desde la entrada en vigor del período sancionable del Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) el pasado 25 de mayo, el número de reclamaciones recibidas por la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) se han visto incrementadas considerablemente.
La AEPD recibió un total de 14.146 reclamaciones durante el 2018, lo que representa un incremento del 32,8% respecto al año anterior que se recibieron 10.651 reclamaciones.
Entre el 1 de enero y el 24 de mayo las reclamaciones pasaron de las 4.550 del año 2017 a las 5.036 denuncias en el mismo periodo del 2018. Sin embargo, entre el 25 de mayo y el 31 de diciembre del 2018, las reclamaciones se incrementaron un 48,9%.
Los asuntos sobre los que más reclaman los ciudadanos ante la Agencia Española de Protección de Datos tienen que ver con deudas, inclusión en ficheros de morosidad, videovigilancia, publicidad y prospección comercial, y “spam” o correo no deseado.
La figura del DPD
Las denuncias recibidas y resueltas tras haberlas remitido al Responsable o al DPD durante el 2018 fueron 863 y dos de cada tres reclamaciones fueron resueltas de forma satisfactoria para el ciudadano.
A finales de 2018 ya se habían inscrito 20.043 Delegados de Protección de Datos, de los que un 86,30% provienen de empresas del sector privado y el 13,70% del sector público.
Derechos
El pasado 2018 se recibieron 1.784 reclamaciones sobre el ejercicio de derechos, 191 referentes al derecho al olvido.