En la empresa que administra o en la asociación o entidad que preside, seguramente tiene contratados los servicios de gestoria, prevención de riesgos laborales, servicios informáticos, gestión web, empresa de limpieza, empresa de vídeo vigilancia….
Queremos resaltar la importancia que tiene para su empresa, asociación o entidad, tener los contratos de confidencialidad, con las empresas colaboradoras que acceden a sus datos, debidamente firmados.
Puede pensar que nunca ha tenido ningún problema al respeto, pero nuestra política es prevenir y proteger cualquier posible riesgo que pueda perjudicar a su negocio o marca.
Su empresa o entidad, sus clientes y sus empleados o asociados merecen poder confiar totalmente en la seguridad sobre la protección de sus datos personales.
Aconsejamos adquirir buenas prácticas sobre las pautas de seguridad a seguir, a la hora de contratar un servicio a terceros. Si en el contrato de prestación de servicios no constan las cláusulas sobre la protección de datos o no son suficientemente correctas o incompletas, debemos exigir un acuerdo de confidencialidad adecuado.
Debería incluir sus horarios de atención, capacidad de reacción ante incidentes, tiempos de respuesta. Pueden incluir penalizaciones por la caída de servicios y limitaciones de responsabilidad.
Asegúrese de que queden bien claros los siguientes puntos:
- Las responsabilidades de cada parte.
- La duración del acuerdo.
- Los servicios que incluye el acuerdo.
- El procedimiento para la resolución de problemas
- Una cláusula por la que el proveedor se comprometa a indemnizar al cliente por incumplimiento de las garantías.
Disponer de los contratos y acuerdos de confidencialidad debidamente redactados y firmados, protege su negocio y da una imagen de respeto y profesionalidad del mismo.